Exenciones de inmigración

Abogado de Exenciones de Inmigración de Houston

Ser considerado inadmisible en Estados Unidos puede resultar abrumador, pero las Exenciones de Inmigración pueden abrirte un camino. En Luis Ruiz Law, ayudamos a los clientes a navegar por el proceso de Exenciones para superar obstáculos como la presencia ilegal, deportaciones anteriores, condenas penales y otros. Con la estrategia adecuada, puedes dar pasos hacia la consecución de tus objetivos de inmigración.

¿Qué son las Exenciones de Inmigración?

Las Exenciones de Inmigración permiten a las personas que son inadmisibles en Estados Unidos solicitar la condonación de cuestiones específicas, lo que les permite seguir adelante con sus solicitudes de inmigración. Estas Exenciones abordan diversos motivos de inadmisibilidad, como la presencia ilegal, los antecedentes penales, el fraude y los problemas relacionados con la salud.

Una solicitud de Exención aceptada puede ayudarte:

  • Reúnete con tu familia en Estados Unidos
  • Obtener un visado o la Tarjeta Verde a pesar de problemas anteriores
  • Resolver los obstáculos legales de tu caso de inmigración

¿Qué son los Baremos de Presencia Ilegal de 3/10 Años?

Según la ley de inmigración estadounidense, las personas que acumulan presencia ilegal en Estados Unidos pueden enfrentarse a sanciones importantes cuando salen del país para acudir a una entrevista consular.

  • Definición de presencia ilegal:
    La presencia ilegal se refiere al tiempo que se pasa en Estados Unidos sin la debida autorización, como quedarse más tiempo del permitido en un visado o entrar en el país sin inspección.

  • Las prohibiciones de 3/10 años:
    Si sales de EE.UU. después de acumular presencia ilegal, se te puede prohibir regresar por:

    • Tres años si estuviste en situación irregular más de 180 días pero menos de un año.
    • Diez años si estuviste en situación irregular durante un año o más.
  • Repercusión en los casos de inmigración familiar:
    Estas prohibiciones suelen afectar a los solicitantes de inmigración familiar que deben salir de EE.UU. para la tramitación consular. Sin una exención, pueden enfrentarse a una separación prolongada de sus seres queridos.

Formulario I-601A: Exención Provisional de Presencia Ilegal

La Exención I-601A está diseñada específicamente para abordar las prohibiciones de presencia ilegal de 3/10 años. Permite a determinadas personas solicitar una exención antes de salir de Estados Unidos, lo que reduce el tiempo que pasan separadas de sus familias durante la tramitación consular.

¿Quién puede solicitar la Exención I-601A?

Puedes optar a esta Exención si:

  • Eres cónyuge, padre o hijo de un ciudadano estadounidense o de un residente legal permanente.
  • Tu salida de Estados Unidos causaría dificultades extremas a un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente legal permanente.

Importante: La Exención I-601A sólo cubre la presencia ilegal. No puede utilizarse para renunciar a otros motivos de inadmisibilidad, como antecedentes penales o fraude.

Cómo funciona:

  1. Solicita la Exención I-601A mientras estás en EE.UU.
  2. Si te lo aprueban, sal de EE.UU. para tu entrevista consular.
  3. Regresa a EEUU sin enfrentarte a los barrotes de 3/10 años.

Formulario I-601: Solicitud de Exención de Causas de Inadmisibilidad

La Exención I-601 se aplica a una gama más amplia de cuestiones de inadmisibilidad y se utiliza a menudo para los solicitantes que han sido declarados inadmisibles durante la tramitación consular o el ajuste de estatus.

Motivos cubiertos por la Exención I-601:

  • Presencia ilegal: Para solicitantes que no cumplen los requisitos para la Exención I-601A.
  • Condenas penales: Delitos menores o delitos rehabilitados.
  • Fraude o tergiversación: Declaraciones falsas para obtener prestaciones de inmigración.
  • Ciertas afecciones relacionadas con la salud.
 

Los solicitantes deben demostrar que la denegación de su caso causaría dificultades extremas a un familiar que reúna los requisitos y que sea ciudadano estadounidense o cónyuge o padre residente legal.

Formulario I-212: Permiso para volver a presentar una solicitud tras la deportación o expulsión

Si anteriormente fuiste deportado o expulsado de EE.UU., puede que tengas que presentar el formulario I-212 para solicitar permiso para volver a solicitar la admisión. Esta exención suele ser necesaria en combinación con una exención I-601.

Puntos clave sobre el formulario I-212:

  • Se exige a los solicitantes sujetos a una orden de expulsión previa.
  • La aprobación no garantiza la reentrada, pero te permite seguir adelante con tu solicitud de inmigración.

Otras Exenciones Comunes

Exenciones penales (INA 212(h))

Algunas condenas penales pueden dar lugar a la inadmisibilidad, pero puede haber una Exención disponible. Los delitos que pueden reunir los requisitos son

  • Delitos de vileza moral (CIMT)
  • Delitos menores de drogas, como posesión de 30 gramos o menos de marihuana

Sin embargo, algunos delitos, como el tráfico de drogas o los delitos graves, no son renunciables.

Exención por fraude o falsedad (INA 212(i))

Si te han declarado inadmisible por fraude o declaración falsa, puedes solicitar una Exención si puedes demostrar dificultades extremas para un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente legal permanente.

Exenciones relacionadas con la salud

Existen Exenciones para los solicitantes no admitidos por razones médicas, como por ejemplo:

  • Enfermedades contagiosas
  • Falta de vacunas obligatorias

¿Qué son las dificultades extremas?

Las dificultades extremas son el criterio que la mayoría de las Exenciones exigen que demuestres. Los factores que se tienen en cuenta son

  • Necesidades médicas: Un familiar que cumpla los requisitos y que padezca enfermedades crónicas que requieran cuidados especializados.
  • Pérdida económica: Incapacidad para mantener un hogar o endeudamiento importante.
  • Impacto educativo: Interrupción de la escolarización de los hijos o del familiar que cumpla los requisitos.
  • Impacto emocional: Ansiedad, depresión u otros daños psicológicos causados por la separación o el traslado.
  • Cuestiones de seguridad: Amenazas de violencia o inestabilidad en el país de origen del solicitante.

Cómo puede ayudar Luis Ruiz Law

El proceso de Exenciones puede ser legalmente complejo y emocionalmente agotador. En Luis Ruiz Law, te ofrecemos:

  • Análisis personalizado del caso: Evaluaremos tu situación para determinar qué Exenciones son aplicables.
  • Apoyo documental exhaustivo: Desde la recopilación de pruebas de dificultades extremas hasta la cumplimentación de formularios, nos aseguraremos de que tu solicitud sea completa y convincente.
  • Estrategias para casos complejos: Tanto si tienes deportaciones previas, condenas penales u otros problemas, desarrollaremos un plan a medida para atender tus necesidades.

Ponte en contacto hoy mismo con un abogado especializado en Exenciones de Inmigración de Houston

Enfrentarse a la inadmisibilidad no tiene por qué significar el final de tu viaje de inmigración. Con la Exención adecuada y una solicitud sólida, puedes superar estos obstáculos y seguir adelante. Ponte en contacto con Luis Ruiz Law hoy mismo para programar una consulta y dar el primer paso hacia un futuro mejor.

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Preguntas frecuentes sobre el visado U

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¿Cuánto se tarda en tramitar una Exención?

Los plazos de tramitación varían:

  • Las Exenciones I-601A suelen tardar entre 12 y 18 meses.
  • Las Exenciones I-601 pueden llevar más tiempo, dependiendo de la complejidad del caso.

Sí. Si se aplican varios motivos de inadmisibilidad, puede que tengas que presentar varias Exenciones (por ejemplo, I-601 y I-212).

Sin un familiar que reúna los requisitos, algunas Exenciones pueden no estar disponibles. Sin embargo, pueden seguir aplicándose otras formas de ayuda, como los programas humanitarios.